SEGURO DE CAUCIÓN PARA APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS IVA E IRPF, ENTRE OTROS
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¿QUÉ ES UN SEGURO DE CAUCIÓN PARA APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS IVA E IRPF, ETCS?
El Seguro de Caución para aplazamiento de impuestos es un aval que se presenta como garantía para el aplazamiento de impuestos ante la Administración Tributaria permitiendo el cumplimiento de las obligaciones impositivas con mayor margen y flexibilidad a un coste mínimo.
En artículo 46 del Reglamento General de Recaudación se establecen los requisitos necesarios para presentar una solicitud de aplazamiento y fraccionamiento, entre ellos, uno es la posesión de una garantía. Según determina el artículo 82 de la Ley General Tributaria, exigiría aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución cuando el importe sea superior a 30.000,00€ (Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre).
Los más usuales que se suelen aplazar son: IVA (impuesto del valor añadido); IS (impuesto sobre sociedades) y Seguros sociales.

¿QUIÉN LO CONTRATA?
Quien lo necesite para cualquier tipo de impuestos como por ejemplo, IVA, ISS, ICO, Plusvalías, etc
¿CUANDO LO CONTRATA?
Se contrata cuando es a requerimiento de la autoridad tributaria en dos pasos:
- Carta de compromiso de que la aseguradora emitirá el aval, se presenta con la solicitud.
- Cuando hacienda aprueba el aplazamiento se aporta el aval definitivo.
¿ANTE QUIEN SE PRESENTA?
Ante la agencia tributaria, en la delegación de provincia que corresponda.

VENTAJAS SEGUROS DE CAUCIÓN PARA APLAZAMIENTO DE IMPUESTOS
El seguro de caución para aplazamiento de impuestos es una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:
- Aumento de la capacidad crediticia no computa CIRBE.
- Disminución de las exigencias del balance.
- Menores costes debido a la periodificación, se cobran días exactos.
- No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
- No se pignoran los anticipos.

COBERTURA Y DOCUMENTACIÓN
Garantizar el pago del aplazamiento del impuesto a que haga referencia en cada caso.
La Agencia Tributaria publicó una nota informativa en su web sobre los aplazamientos del impuesto del IVA e IRPF para importes superiores a 30.000€ de deuda total aplazada:
- Se mantiene un procedimiento ordinario (no automatizado).
- Plazo de aplazamiento: se concederán según las garantías aportadas por el solicitante, con un plazo máximo de 36 mensualidades.
- Garantías: SÍ se exige la presentación de aval o seguro de caución.
- Documentación: SÍ es necesario justificar las dificultades de tesorería que obligan al aplazamiento, y también el importe de las cuotas de IVA no cobradas en su caso.

DOCUMENTACIÓN
La documentación necesaria a aportar para solicitar un seguro de caución es la siguiente:
- Cumplimentando el siguiente cuestionario
- Estados financieros del último ejercicio y avance financiero del año en curso.
- Escritura de constitución o adaptación de estatutos
- Experiencia de la sociedad.
- Modelo de impuesto a aplazar e importe del mismo.
- Solicitud del aval Requerimiento de datos.
COSTE Y CANCELACIÓN
Coste: la tasa dependerá del estudio de solvencia y del impuesto a aplazar, pero orientativamente suele ir entre el 2 y el 3,5%.
Procedimiento de cancelación: para poder cancelarlo es necesaria la devolución del original de la garantía o documento bastante de la agencia tributaria autorizando cancelación.
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PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cuál es la finalidad del seguro de caución?
Para poder acudir a las licitaciones convocadas por la Administración Pública o al ser adjudicatario de un contrato público deberá presentar un seguro de caución para asegurar el cumplimiento del mismo. También existen otras modalidades como los seguros de caución para aplazar impuestos, para aduanas, judiciales, entre otros.
¿Cómo puedo contratar una póliza de seguros de caución?
En Ores&Bryan somos especialistas en seguros de caución con más de 30 años de experiencia y le guiaremos durante todo el proceso de contratación. Ores & Bryan le requerirá documentación específica para poder tramitar su expediente con las distintas aseguradoras del mercado con el fin de cubrir las necesidades solicitadas.
¿Se contrata una línea para seguros de caución o se estudia cada aval de forma individual?
De forma habitual se contrata una línea de avales (similar a una línea de crédito) con una determinada capacidad que podrá ir consumiendo en función de las necesidades que le vayan surgiendo.
¿Cuál es el coste de emitir un aval?
Es el resultado de multiplicar la tasa establecida por la aseguradora en el contrato por el importe de la compañía, sin tener en cuenta las primas mínimas establecidas en cada compañía.
Tengo un seguro de caución en vigor, pero el contrato ya ha sido ejecutado ¿Cómo puedo cancelar el riesgo?
Para poder cancelar un seguro de caución es necesario devolver a la compañía aseguradora el certificado original.
He renovado un seguro de caución hace 3 meses, pero tengo que cancelarlo ¿es posible solicitar la devolución de la prima de los 7 meses restantes?
Si. Además, es una de las principales ventajas frente al aval bancario. Si se ha renovado el seguro de caución y posteriormente debe cancelarlo, se le devolverá la parte de la prima no consumida.