Devolver una vivienda es posible

Una sentencia del Tribunal Supremo reconoce a los compradores la posibilidad de devolver una vivienda si se supera el plazo previsto de entrega.

El pasado mes de septiembre, el Tribunal Supremo daba la razón al comprador de una vivienda que exigía la devolución de las cantidades entregadas a cuenta al incumplir la entidad vendedora el plazo de entrega y posterior resolución del contrato por parte de la inmobiliaria, que retuvo las cantidades anticipadas por el comprador.

El Supremo ha rechazado los argumentos de la entidad vendedora, que consideraba que al tratarse de un retraso inferior a un año respecto a la fecha inicialmente indicada no estaba justificada la devolución de cantidad alguna. El alto tribunal por su parte considera injustificado otorgar un “periodo de gracia” de un año que suponga una posición privilegiada ante los compradores.

No es la primera vez que el Tribunal Supremo se posiciona del lado del comprador en casos similares a este. El Tribunal Supremo considera que “el retraso en la entrega, aunque no sea especialmente relevante, constituye un incumplimiento del vendedor que justifica la resolución del contrato”, por lo que el comprador podrá devolver una vivienda en caso de entrega con retraso.

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El comprador recuperará su dinero si se le ocultan irregularidades urbanísticas

Una sentencia del Tribunal Supremo marca jurisprudencia al anular un contrato de compraventa de viviendas al ocultarse irregularidades urbanísticas al comprador y obligar al promotor a reembolsar la cantidad adelantada.

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