La responsabilidad medioambiental en España

Qué es y a quién afecta la responsabilidad medioambiental en España

La actual Ley de Responsabilidad Medioambiental entró en vigor en España en el año 2007 con el objeto de regular la responsabilidad de los operadores de evitar, prevenir y reparar los daños medioambientales. Esta Ley establece un nuevo régimen de reparación de daños, de forma que quien los ocasiona es el encargado de repararlos.

La Ley de Responsabilidad Medioambiental busca preservar los recursos naturales que se encuentran recogidos bajo el concepto de daño medioambiental: daños al suelo, a las aguas, a la ribera del mar y las rías, a las especies de la flora y la fauna silvestre presentes de forma permanente o temporal en España, así como los hábitats de todas las especies silvestres autóctonas.

Existen dos tipos de responsabilidad medioambiental, la objetiva e ilimitada y la subjetiva. En el primero de los casos, para todas las actividades incluidas en  el anexo III de la Ley, el operador está obligado a adoptar medidas de evitación, prevención y reparación necesarias, con independencia de que se actuara o no con dolo, culpa o negligencia; en el segundo de los casos se incluyen el resto de actividades, para las cuales se limita la adopción de medidas de reparación únicamente en el caso de que exista dolo, culpa o negligencia.
En todo caso, se trata de una responsabilidad administrativa: se exige a la administración pública y es independiente de las responsabilidades penales y civiles que puedan exigirse por esos hechos.

Todas las empresas están obligadas al cumplimiento de esta Ley, sea cual sea su actividad, en caso de daño de un hábitat; sin embargo, solo algunas actividades se encuentran obligadas a realizar un análisis de riesgos ambientales y suscribir, si procede, una garantía. Esas actividades son:
– Aquellas para las que sea necesaria una autorización ambiental integrada.
– Las que utilicen, fabriquen, almacenen, envasen o transformen sustancias peligrosas.
– Actividades de gestión, recogida, recuperación, eliminación o transporte de residuos.
– Empresas que utilicen o transporten microorganismos modificados genéticamente.
– Empresas capten o viertan aguas sujetas a autorización.
– Actividades de transporte de mercancías peligrosas.

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